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Por Laura Gutiérrez Franco

El teletrabajo en México, también llamado “home office”, ya está regulado por Ley y, por tanto, en la práctica hay obligaciones y derechos tanto para los patrones como para los trabajadores, aseguró Francisco González Farrera, CEO de Human Legal, al ofrecer un webinar sobre el tema.

El webinar fue organizado por Cadena Empresarial Enlazadot que preside Héctor Gabriel Pérez González y fue del interés de un gran número de empresarios afiliados, ya que ahora con el confinamiento por la pandemia del COVID-19, es una práctica laboral que llegó para quedarse.

Al principio del confinamiento era un tema algo incómodo porque no se definían horarios, objetivos y métodos y sistemas de trabajo y se confundía con el trabajo a domicilio que no es lo mismo. El teletrabajo no es para toda la empresa. Hay áreas que tendrán que continuar dentro del espacio físico.

En la actualidad ya se legisló el tema dentro de la Ley Federal del Trabajo, en donde se agregó el capítulo 12bis, en donde del artículo 330A al 330K, se establecen los derechos y obligaciones de ambas de manera clara.

Entre las obligaciones del patrón está proporcionar las herramientas para realizar con eficiencia el trabajo. De otra forma no puede exigir. Mientras que el empleado, debe respetar los horarios y las reglas como si estuviera dentro de la empresa y su familia, debe apoyarle con el respeto a horarios y espacio para desarrollarse laboralmente.

El patrón debe establecer horario que debe ser respetado por él y por el trabajador. Además, debe estar seguro que su gente trabaje en un lugar muy bien acondicionado. En el teletrabajo tiene que existir voluntariedad de ambas partes. Nunca se debe invadir la vida del trabajador, aunque la empresa si tiene la capacidad de hacer las revisiones competentes sobre la actividad laboral.

Si el trabajador hace gastos de oficina, el patrón los tiene que cubrir como tales y no anexados al salario. Con el teletrabajo no se debe pagar menos de lo que ya se recibía cuando se estaba en la oficina. Se debe respetar el derecho a la desconexión.

En en el IMMS, dijo, no existe un apartado para el teletrabajo, pero todos los empleados deben estar dados de alta en forma correcta. En los contratos de trabajo se debe establecer la nueva modalidad. Todo debe quedar por escrito.

Por Laura Gutiérrez Franco

Human Legal es una empresa que realmente ofrece a las mipymes asesoría en el tema laboral. Las previene y las guía, especialmente en los tiempos actuales, tanto por la crisis derivada del COVID-19, como por las reformas a la Ley Laboral que se han dado, especialmente la del 2019.

Francisco Javier González Farrera, director general de Human Legal (titular del despacho), en entrevista con Cadena Empresarial Enlazadot, comentó que es un tema muy delicado y si no se toma en cuenta, se pueden sufrir pérdidas económicas muy grandes por el desconocimiento de las leyes.

La especialidad que tiene Human Legal es la defensa de las empresas (del patrón), que no es precisamente a la hora que sufren una demanda y traen el problema encima, sino que les realiza estrategias para no caer en ese tipo de situaciones. González Farrera tiene 13 años de experiencia en el tema y la empresa la fundó hace tres años.

“Toda empresa, especialmente las mipymes, tienen la necesidad de contar con asesoría jurídica laboral de forma constante. En muchos de los casos no saben que hay reformas en la ley más de una vez al año, no están actualizadas, les llegan demandas, inspecciones o multas por desconocimietnto de la ley y les cuesta muy caro, sobre todo con la reforma del 2019, donde se endureció todo lo que tiene que ver con el cumplimiento del patrón”, dijo durante la charla.

Por ejemplo se tiene el caso de la aplicación de la NOM035, que tiene que ver con el aspecto sicosocial en la empresa.

Mencionó que “les ayudamos a las empresas para que no incumplan la ley. Especialmente aquellas que tengan más de 15 empleados, para que generen evidencias por ejemplo de que cuentan con áreas de descanso, con futbolito o mesa de pin pon. Que realizan convivios de integración de áreas. Que todo esté debidamente documentado por si llega una inspección, se vea que están encaminados a la certificación de la NOM035”.

Hay que recordar que la Norma Oficial Mexicana NOM-035 tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

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