Listado de la etiqueta: Reforma Fiscal

Por Laura Gutiérrez Franco

En la sesión mensual correspondiente al mes de febrero de Cadena Empresarial Enlazadot, un gran experto en el tema fiscal, Sergio Armando Flores Robles, ex presidente del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco (CCPG) y socio de la firma Copper Wolf, ofreció una conferencia para que dueños de mipymes -afiliados y no afiliados- contaran con información fidedigna y actual sobre los pros y contras de la Reforma Fiscal 2022.

El tema en concreto fue “Bosquejo General de la Reforma Fiscal”, donde los asistentes plantearon sus dudas y estuvieron mejor informados sobre el tema, a la vez que se les vinculó con contadores de prestigio que están en el citado colegio, para que los asesoren en sus empresas.

Encabezó la sesión el presidente de Cadena Empresarial Enlazadot, Héctor Gabriel Pérez González, quien siempre está preocupado y ocupado en apoyar a las mipymes de todo México y por eso se tienen de forma constante estos eventos, donde además se realiza un networking con resultados muy atractivos para los participantes y mismo que está a cargo de Vanesa Velazco, también directiva de Enlazadot y con amplio conocimiento del tema.

Marcela Fuentes Valdés, quien es la directora Nacional de Vinculación Empresarial de Cadena Empresarial Enlazadot, dio la bienvenida a los asistentes, destacando las grandes bondades y el gran talento de los dueños de toda mipyme.

Loretto Rodas, afiliada de Enlazadot, anunció la creación de la Comisión de Desarrollo Humano y Vinculación, a través de la que se ofrecerá todavía mucho más apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas afiliadas en esta asociación civil.

Flores Robles en la conferencia que ofreció, habló principalmente de los nuevos regímenes fiscales que se crearon con la citada reforma, tanto para personas físicas como personas morales y detalló la importancia de analizar los beneficios de cada uno de ellos, que en ambos casos dijo que sí los hay.

Recordó que la Reforma Fiscal 2022 tenía la pretensión de simplificar las obligaciones fiscales al contribuyente, pero desgraciadamente no se logró, ni tampoco la pretensión de que los puedan hacer solos. Ahora más que nunca requieren la asesoría de un contador.

Al finalizar el Presidente de Enlazadot, le entregó a Sergio Armando Flores Robles, un diploma de reconocimiento por tan interesante charla y de gran valor para los empresarios.

Por Laura Gutiérrez Franco

Con las reformas fiscales que vendrán en el “Paquete Económico 2021”, las asociaciones civiles (A.C., y S.C.), saldrán afectadas. Los efectos que tendrán las nuevas disposiciones serán muy negativos, aseguró el Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco (CCPGJ).

El impacto de la Reforma Fiscal en las donatarias autorizadas, fue uno de los temas que se trataron en otra edición del Taller para Periodistas Especializados, que organizó el Colegio, que preside Jaime Enrique Morelos Sánchez y que encabezó el evento.

De manera general, las donatarias autorizadas son todas las asociaciones sin fines de lucro, que persiguen objetivos altruistas. Según la Ley del ISR, son todas aquellas asociaciones que no buscan la generación de una utilidad.

Correspondió a Ricardo Barragán Navarrete, miembro de la Comisión Fiscal del CCPGJ analizar el tema, ya que es experto en el mismo y dijo que con el supuesto argumento de qu se abusado de este esquema, para el 2021 vienen muchos cambios, que serán perjudiciales para muchas de ellas, especialmente las que trabajan de buena fe y con limitación de recursos.

Se dijo que muchas de estas AC y SC con su trabajo suplen deficiencias de los gobiernos en sus diferentes niveles, al realizar importantes obras de asistencia social, mismas que se verían limitadas a partir del 2021.

El punto más importante de la propuesta dice que el próximo año las donatarias que obtengan más de 50 por ciento de sus ingresos por actividades no relacionadas a su objeto social, perderán su autorización para operar. Además, cuando pierdan su autorización, deberán dar todo su patrimonio a otras donatarias.

Se insistió en que muchas de esas A.C., y S.C., son tan pobres que no están en posibilidades de contratar a ningún experto y, aunque actúan de buena voluntad y sin abusar de las reglas, podrían perder su patrimonio y desaparecer.

Con lo anterior de asocación no lucrativa, pasarían a ser contribuyentes, con el obligado pago de impuestos y no podrían seguir actuando en beneficio de la sociedad más necesitada.

Por Laura Gutiérrez Franco

El Paquete Económico 2021, tal y como está planteado por el Ejecutivo, reforzará la capacidad de la autoridad fiscal para fiscalizar y sancionar a los contribuyentes, aseguró Omar Sandoval Ortega, integrante de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco (CCPGJ), en lo que coincidió el Presidente de esta institución, Jaime Enrique Morelos Sánchez.

Sandoval Ortega fue el invitado especial en el programa de TV de octubre, Diálogos Tributarios, cuyo titular es Morelos Sánchez y su co-conductor, Sergio Flores Robles Vicepresidente General del Colegio, al desarrollar precisamente el tema de Aspectos Relevantes del Paquete Económico.

Se recordó que este documento está en proceso y hasta la fecha no se le ha cambiado ni una coma de la propuesta del Ejecutivo. Se espera que pase a su análisis y aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores y todo parece indicar que no se harán cambios. “Pasará como viene”, dijo Sandoval Ortega.

Lo que se contempla y se puede considerar importante, son las reformas al Código Fiscal de la Federación, en donde se refuerzan las facultades de la autoridad fiscal, apuntaladas desde luego por las herramientas tecnológicas que ya se venían utilizando de sexenios atrás, sin que se vea algún beneficio concreto hacia los contribuyentes, afirmaron en el análisis realizado.

Se plantea una modificación en el artículo 5A – cláusula anti abuso- que entró en vigor en el 2020. “Para el 2021 se plantea un cambio que no considero sea tan necesario y es que en el texto vigente señala que los efectos de la aplicación del dicho precepto legal en ningún caso generarán consecuencias penales y la propuesta pretende eliminar esa restricción. Tal vez se hace porque se tuvo algún precedente”, dijo Sandoval.

Otra preocupación que tienen en el CCPGJ, es que, se faculta a la autoridad a practicar el aseguramiento precautorio de bienes al contribuyente, responsables solidarios o terceros relacionados y este embargo podrá ser hasta por la tercera parte del monto de las operaciones, actos o actividades que el tercero realizó con el contribuyente pero podría ser inconstitucional si la sanción se lleva a cabo sin un juicio, además de que se contempla que el para dicho embargo en primer lugar se aseguraran los depósitos bancarios.

Redacción / Enlazadot

En el ajuste al subsidio al empleo causado establecido en el artículo décimo transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta debe existir un recalculo mensual, cuando los pago por salarios sean por periodos menores a un mes, aseguró el CPC Benito Barragán Rangel, presidente del Consejo Directivo de la AMEXIPAC A.C., y Director General de más Facturación y Consultor Fiscal del Grupo CONTPAQi, al participar en el programa de TV correspondiente al mes de octubre de Diálogo Tributario del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco (CCPGJ).

Cabe recordar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó el 14 de octubre de 2019 el nuevo apéndice 7 titulado “Procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes” el cual entró en vigor el día primero de enero del año en curso.

Este precisamente fue el primer tema a tratar en el programa de TV de octubre del CCPGJ, que dirigió su titular, el Presidente del citado Colegio, Jaime Enrique Morelos Sánchez, acompañado de Sergio Flores Robles, Vicepresidente General de la institución.

Recordó que en este punto también se establece que cuando los pagos por salarios se realizan por periodos menores a un mes, el subsidio al empleo que le corresponde no podrá exceder de la cantidad que establece la tabla para el subsidio al empleo.

Dijo que también es un hecho que al no actualizarse la tabla -conforme a las alzas salariales- el problema es que el subsidio que corresponda será más pequeño, pero todo cambio tiene que estar implícito en la ley correspondiente.

Cuando se realicen pagos por periodos menores a un mes, en los casos en que se haya otorgado subsidio de más, deberá realizarse un ajuste en el último periodo del mes.