Aún con cero ingresos, CCPGJ recomienda a personas físicas presentar su declaración anual

Por Laura Gutiérrez Franco

El Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco (CCPGJ), recomienda a todas las personas físicas y especialmente a quienes tuvieron cero ingresos en el ejercicio fiscal 2020, que presenten su declaración anual. Así se pueden evitar malos momentos con la autoridad.

Cabe recordar que, para las Personas Físicas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio una prórroga y la fecha para entregar la declaración anual se fue al último día de mayo en lugar del 30 de abril, como se contempla normalmente. Trae más beneficios que perjuicios cumplir al cien por ciento con la autoridad fiscal.

También recomiendan estar siempre asesorados por un contador público, porque es quien conoce a detalle lo que se tiene que hacer para no caer en errores, que luego les traigan multas o cualquier otro tipo de situaciones no muy favorables.

El programa de Diálogo Tributario correspondiente al mes de abril, fue encabezado por el presidente del CCPGJ, Sergio Armando Flores Robles en co-coducción con Jaime Enrique Morelos Sanchez; con la participación del invitado y experto en el tema de declaración anual de ingresos, Jesús Padilla Nungaray, integrante de la Comisión de Apoyo al Ejercicio Independiente del propio Colegio.

Se dijo que si la persona física (el contribuyente) no tuvo ingresos, mejor declare en cero, porque, aunque tiene la opción de no hacerlo, en caso de cualquier omisión o error, la facultad de la autoridad fiscal para revisar se va de cinco a diez años.

En el caso de asalariados, sobre todo quienes en el año a declarar tuvieron varios empleos, la recomendación es que soliciten a su último patrón retenedor, su cálculo anual.

Por lo que corresponde al tema de préstamos, especialmente para adquisición de casa habitación, herencias, donativos o ventas de exentas de casa habitación también es necesario que los contribuyentes lo informen a la autoridad fiscal, porque si no lo hacen podrían -en un momento dado- considerarse como ingresos gravados en caso de una revisión por parte de la autoridad fiscal.

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