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Por Laura Gutiérrez Franco

Ya que el teletrabajo quedó formalmente establecido en México con la pandemia del COVID-19, es un hecho que ha implicado retos, pero también es cierto que en la mayoría de los casos ha representado una gran oportunidad para que las empresas logren encontrar las bondades en la administración del talento virtual.

Lo anterior lo dijo Mayra Molina, Directora de Recursos Humanos en Peterbilt Division, al participar en el panel “Post pandemia en la salud: trabajo, familia y teletrabajo”, llevado a cabo con éxito dentro del primer día de trabajos del Foro de liderazgo “La misión de la equidad de género en la industria manufacturera”, que organiza vía virtual index Nacional.

El moderador de este panel fue Álvaro Garcia Parga, Director Nacional del Comité Laboral de index, quien expresó que la nueva era del teletrabajo ha implicado muchos retos por su migración súbita a muchas posiciones, pero se ha logrado implementar estrategias exitosas.

Subrayó además que “en esta pandemia las empresas deben ser más empáticas con las mujeres, porque con el trabajo desde casa tienen una carga más alta de estrés”.

Por su parte Abril Mava, directora en Conduent, aseguró que la productividad se incrementó con el trabajo combinado desde casa y que es un hecho que en las empresas se les apoya para organizarse”.

Por Laura Gutiérrez Franco

“Siete de cada 10 buscadores de empleo, buscan un trabajo que sea híbrido”, afirmó Sergio Porragas, Director de Operaciones (COO) de OCC Mundial, al participar dentro del panel titulado Post pandemia en la salud: trabajo, familia y teletrabajo”.

Comentó Porragas que en el caso de la empresa en que colabora, la migración luego de la pandemia al teletrabajo fue sencilla. Se buscó sobre todo contar con espacios cómodos para los trabajadores. Se pensó luego de un tiempo regresar a las oficinas, pero ahora con la tercera ola de nuevo se prioriza el trabajo desde casa.

“Con esta nueva ola del COVID, decidimos quedarnos de nuevo en casa. Lo que queremos es asegurarnos de que el cien por ciento de los empleados no corren ningún riesgo”, precisó durante su participación.

Algunas de las cosas que también se han logrado con esta nueva forma de trabajo, es que hay más comunicación y cercanía con los empleados. En pocas palabras mucho mayor empatía “y tenemos todo para salir adelante”.

Dicho panel fue una de las importantes conferencias que se desarrollaron durante el primer día de trabajos del Foro de Liderazgo “La misión de la equidad de género en la industria manufacturera”, organizado por index Nacional, por considerar su consejo y su presidente, Luis Hernández, la gran importancia que tiene la mujer dentro de este sector.

Redacción / Enlazadot

Ciudad de México.- En el último año, la modalidad de home office se convirtió en una forma de trabajo permanente para el 67 % de la fuerza laboral en el mundo; de hecho, el 39 % de las empresas consideran que su fuerza laboral continuará teletrabajando la mayor parte del tiempo. Así lo reveló un estudio encargado por Adobe a Forrester*.

Y es que, aunque esta modalidad de trabajo existe desde los años 60, antes de la pandemia no contenía tantos beneficios para el empresario. “Las nuevas herramientas que permiten realizar el trabajo desde la distancia han despertado un interés particular en las organizaciones”, expresó Eduardo Jordao, Senior Channel Account Manager de Adobe.

El estudio de Adobe muestra que el 64 % de las organizaciones encuestadas han proporcionado a sus empleados tecnologías para el trabajo remoto y un 30 % tienen la intención de hacerlo en los próximos seis meses. Dentro de estas tecnologías se incluyen los procesos con documentos digitales, utilizados por el 47 % de las empresas en la actualidad.

En el pasado, solo una fracción de la fuerza laboral trabajaba ocasionalmente desde casa: hasta un 20 % en Estados Unidos y menos del 2 % en países de América Latina, según un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en conjunto con Eurofound. Principalmente porque, según la Cepal, 79 % de los ocupados en la región se desempeña en actividades que no pueden hacerse vía teletrabajo.

La OIT demostró que el aumento más significativo del home office tuvo lugar en los países más afectados por el virus y en los que esta modalidad estaba bien desarrollada antes de la pandemia. En Latinoamérica, el 96 % de las organizaciones recurrieron a mecánicas de teletrabajo, de acuerdo con la encuesta de Page Group. Esta se convirtió en la opción de trabajo para proteger la salud de las personas sin causar un daño irreversible a la economía, pero se planteó como una solución rápida que tuvo poco tiempo de preparación.

Beneficios de las soluciones de documentos digitales para el teletrabajo

El estudio encargado por Adobe afirma que las organizaciones con mayor madurez digital utilizan de manera exclusiva procesos digitales. Los departamentos con mayor uso de esta herramienta son ventas (65 %) y marketing (57 %), vs áreas de recursos humanos (28 %), que las usan en menor medida pues sus procesos están más basados en el uso de papel.

Sin embargo, se evidencia una aceleración en la transformación digital de las empresas mediante la adopción de tecnologías de colaboración y productividad como una alternativa al distanciamiento social y al trabajo remoto, pues las empresas han comprobado que cuando carecen de esta opción se ven limitadas al atender a sus clientes y frenan su crecimiento.

“Entre los puntos estratégicos imprescindibles para mantener el negocio en movimiento en medio de los imprevistos derivados de la pandemia, están el uso compartido de documentos que incorporen firmas electrónicas, colaboración y automatización. Hemos comprobado que los documentos digitales impulsan las empresas, dado que son una herramienta fundamental para los empleados que trabajan a distancia, pues les permiten dirigir sus operaciones de una forma más productiva, inteligente y rápida”, puntualiza Jordao.

Gracias a Adobe Document Cloud, una solución que integra la tecnología PDF de Adobe con las aplicaciones de Acrobat y Adobe Sign y que permite que todos los miembros de una organización compartan, revisen, comenten y editen documentos en tiempo real y a distancia, las empresas de todos los sectores, sus clientes y empleados pueden sacar provecho a las experiencias totalmente digitales en tiempos de pandemia.

Actualmente es aprovechado por empresas líderes como Microsoft, Merck, Sanofi, Lufthansa y Sony Bank, que han experimentado, por ejemplo, una reducción de más de 90 % en los tiempos de entrega de firmas. El resultado: muchos clientes más satisfechos y empleados mejor conectados por la experiencia digital, uno de los principales retos del teletrabajo.

Además de la reducción de costos de impresión, almacenamiento y mensajería, entre los beneficios más significativos del uso de documentos digitales están la mayor satisfacción del cliente (47 %), el aumento de la productividad (28 %), las facilidades en la colaboración de los empleados (54 %) y apoyo a la resiliencia del negocio (77 %).

Después de todo, según la OIT, es posible que el teletrabajo no termine con la pandemia, “sino que pase a formar parte de la ‘nueva y mejor normalidad’ en los años venideros, con el apoyo de la digitalización, la comunicación avanzada y las tecnologías de nube”.

De hecho, varias encuestas aplicadas en Latinoamérica como las de Microsoft y Apex revelaron que más del 70 % de los trabajadores quieren que continúen las opciones flexibles de trabajo remoto y que casi el 50 % de las organizaciones ya decidió que sostendrá el modelo de teletrabajo en diferentes niveles.

* Estudio: De qué manera los procesos de los documentos digitales están pasando de ser una práctica recomendada a una necesidad empresarial. Un informe de líderes de opinión de Forrester Consulting encomendado por Adobe. Agosto de 2020.

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Adobe está cambiando el mundo a través de experiencias digitales. Para obtener más información, visite www.adobe.com https://www.linkedin.com/company/adobe/

Por Laura Gutiérrez Franco

El Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco (CCPGJ), consideró importante que lo más pronto posible se regule a través de norma o cualquier otro esquema, lo que se refiere a accidentes de trabajo en lo que corresponde al “home office” o teletrabajo. Como está en la actualidad se puede prestar a confusiones.

Lo anterior se señaló en una edición más del Taller de Actualización para Periodistas Especializados que llevó a cabo el Colegio y que encabezó su presidente. Sergio Armando Flores Robles. El experto encargado de abordar el tema fue Horacio Topete, miembro de la Comisión de Seguridad Social de la institución.

Recordó que el pasado 11 de enero hubo una reforma a la Ley Federal del Trabajo, en donde se separó el teletrabajo o “home office” de lo que se conoce como trabajo a domicilio, iniciativa que se tenía de años atrás y que logró avanzar por la pandemia del COVID-19.

Con la inclusión del teletrabajo o “home office”, ahora en las empresas con empleados laborando desde casa, se debe hacer contratos que especifiquen varias cosas, entre ellas el lugar distancia al sitio del patrón, en donde se llevará a cabo la jornada diaria, así como horarios o más bien objetivos, si hay que estar presentes en cámara todo el tiempo o no, etc. En general cómo debe ser la interacción.

Aclaró que con el teletrabajo en ningún momento se altera la situación jurídica del empleado, continúa con todos sus beneficios de ley y además el patrón está obligado a proporcionarles todas las herramientas que necesite para que se desempeñe de manera cómoda.

Sugirió que en el caso de los servicios que se utilizan para trabajar, como es el caso de luz e internet, se acuerde un pago fijo mensual, de tal manera que no altere el salario ni lo que tenga que ver con contribuciones de impuestos ni pagos al IMSS:

Reiteró por otro lado, que no se ha normado lo referente a accidentes de trabajo en el “home office” y ahora puede darse a confusiones de que el patrón no quiera hacerse cargo o hasta que el empleado abuse de la situación. Recordó que es el el hogar en donde más incidentes de este tipo se presentan, por lo que es necesario regularlo.

Por Laura Gutiérrez Franco

El teletrabajo, ya considerado en la Ley Federal del Trabajo, trae beneficios y responsabilidades tanto para patrones como para empleados, pero también implica cierta complejidad fiscal que no está definida ante la autoridad, aseguró el Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco (CCPGJ).

El tema de “Reflexiones en torno al teletrabajo” fue analizado durante el programa de televisión Diálogo Tributario del CCPGJ, correspondiente al mes de marzo, que condujo el expresidente de la institución Jaime Enrique Morelos Sánchez, acompañado del vicepresidente del Colegio, Pedro Luna Rodríguez y como invitado especial Gilberto Horacio Topete Horta, miembro de la Comisión de Seguridad Social e Impuestos Estatales y experto en el área en cuestión.

Se dijo que con el teletrabajo -que es diferente al trabajo a domicilio- se tiene una relación especificada en un contrato, misma que determina las nuevas formas de llevar a cabo el tema laboral, que principalmente son estar en un lugar distante al del patrón, pero al mismo tiempo definido.

Se tiene que especificar en el contrato laboral desde donde se va a realizar, sobre todo porque el patrón está obligado a dar las herramientas de trabajo y a apoyar con gastos fijos que se hacen como por ejemplo la luz o el internet, ya que el teletrabajo debe estar relacionado con las telecomunicaciones y tecnologías de la información,

En el tema de pago de varios conceptos de trabajo, la ley no lo determina, pero la sugerencia del CCPGJ es que, se les pague una parte proporcional y podría ser con una CFDI en donde se especifique que es una cantidad fija de apoyo y que no tiene que ver con su salario mensual, para que no tenga implicaciones con el ISR ni con el IMSS. Otra sugerencia es que se contrate a un especialista para que realice la consulta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y entonces se hace lo que competa a la respuesta que se otorgue.

Sobre el tema de accidentes de trabajo, señalaron los participantes, que todavía no se tiene nada especificado en la ley correspondiente. Es algo que todavía está pendiente de regular, sobre todo tomando en cuenta que se trabaja en un establecimiento fuera del que tiene el patrón.

Por Laura Gutiérrez Franco

El teletrabajo en México, también llamado “home office”, ya está regulado por Ley y, por tanto, en la práctica hay obligaciones y derechos tanto para los patrones como para los trabajadores, aseguró Francisco González Farrera, CEO de Human Legal, al ofrecer un webinar sobre el tema.

El webinar fue organizado por Cadena Empresarial Enlazadot que preside Héctor Gabriel Pérez González y fue del interés de un gran número de empresarios afiliados, ya que ahora con el confinamiento por la pandemia del COVID-19, es una práctica laboral que llegó para quedarse.

Al principio del confinamiento era un tema algo incómodo porque no se definían horarios, objetivos y métodos y sistemas de trabajo y se confundía con el trabajo a domicilio que no es lo mismo. El teletrabajo no es para toda la empresa. Hay áreas que tendrán que continuar dentro del espacio físico.

En la actualidad ya se legisló el tema dentro de la Ley Federal del Trabajo, en donde se agregó el capítulo 12bis, en donde del artículo 330A al 330K, se establecen los derechos y obligaciones de ambas de manera clara.

Entre las obligaciones del patrón está proporcionar las herramientas para realizar con eficiencia el trabajo. De otra forma no puede exigir. Mientras que el empleado, debe respetar los horarios y las reglas como si estuviera dentro de la empresa y su familia, debe apoyarle con el respeto a horarios y espacio para desarrollarse laboralmente.

El patrón debe establecer horario que debe ser respetado por él y por el trabajador. Además, debe estar seguro que su gente trabaje en un lugar muy bien acondicionado. En el teletrabajo tiene que existir voluntariedad de ambas partes. Nunca se debe invadir la vida del trabajador, aunque la empresa si tiene la capacidad de hacer las revisiones competentes sobre la actividad laboral.

Si el trabajador hace gastos de oficina, el patrón los tiene que cubrir como tales y no anexados al salario. Con el teletrabajo no se debe pagar menos de lo que ya se recibía cuando se estaba en la oficina. Se debe respetar el derecho a la desconexión.

En en el IMMS, dijo, no existe un apartado para el teletrabajo, pero todos los empleados deben estar dados de alta en forma correcta. En los contratos de trabajo se debe establecer la nueva modalidad. Todo debe quedar por escrito.

Redacción / Enlazadot

Con el objetivo de analizar a fondo las nuevas implicaciones de la reforma a la ley del trabajo realizadas a finales del 2020, la Secretaría Académica de la Facultad de Empresariales organizó el foro “Teletrabajo y outsourcing: Una perspectiva empresarial”.

El evento contó con la participación de expertos en el tema como lo son el Dr. José Antonio Ávalos Gutiérrez, quien es abogado, consultor PYME (Pequeñas y Medianas empresas) a nivel nacional avalado por la Secretaría de Economía y asesor certificado en competencias laborales, entre otras cosas. El Mtro. Rosendo Fregoso Castro, abogado, se desempeña como asesor jurídico y catedrático en materia laboral. Y por último, el Mtro. Arturo Gerardo Martín del Campo Casillas, abogado, Director jurídico laboral adscrito a la consejería jurídica de poder ejecutivo del estado de Jalisco.

El foro comenzó con los antecedentes de los conceptos Outsourcing o subcontrataciones y Teletrabajo dados por el Mtro. Casillas. Después se abordaron preguntas relacionadas con las subcontrataciones en las que cuestionaron si la reforma acabaría con éstas y los cambios que traería consigo la modificación en la Ley del Trabajo. Posteriormente se prosiguió a hablar del teletrabajo, que comenzó aclarando sus diferencias con el trabajo a domicilio “En el trabajo a domicilio, el trabajo es permanente mientras que en el teletrabajo puede haber reversión” – Mtro. Fregoso.

También se analizaron las formas de estipular en el contrato y también cómo podría llevarse a cabo tanto en jefes como en empleados. El Mtro. Fregoso recomendó que “ hubiera un equilibrio entre la obligaciones y derechos que se plasmara en el reglamento interno tanto del trabajador como de la empresa para cuidar cumplir con los requisitos para que se considere como teletrabajo”

En el foro también se habló acerca de los puntos torales de la iniciativa de reforma de las subcontrataciones, las dinámicas de supervisión de las subcontrataciones, cómo manejar la contratación de servicios especializados, las sanciones para los que no apliquen como deben las subcontrataciones, la posibilidad de establecer una modalidad mixta entre teletrabajo y presencial, entre otros temas.

La sesión terminó con un espacio de preguntas y respuestas por parte de la audiencia y dejando la invitación para que se pudiera realizar una segunda edición en un futuro.

Por Laura Gutiérrez Franco

Es un hecho que luego de la pandemia por el COVID-19 que ha provocado el confinamiento y – por tanto – que las oficinas prácticamente luzcan casi vacías, el teletrabajo o “home office”, llegó para quedarse, afirmó Marco Ramírez, CEO de Stragia Sales Science al ofrecer una conferencia virtual titulada “Gestión Comercial de Éxito vía teletrabajo”.

Dicha conferencia, que atrajo la atención de un buen número de empresarios y profesionistas, fue organizada por Cadena Empresarial Enlazadot, que preside Héctor Gabriel Pérez González, dentro de los programas que se tienen para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas, objetivo de esta asociación civil.

Marco Ramirez recordó que este teletrabajo ya está siendo regulado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (StyPS), con una serie de nuevas obligaciones, tanto para el patrón como para el trabajador, pero a la vez trajo amplios beneficios para ambas partes.

En la actualidad prácticamente la mayoría de los negocios han adoptado esta nueva forma de trabajar y se estima que un 80 por ciento de las empresas lo seguirán haciendo bajo un esquema mixto, en donde prevalece el “home office”.

Citó que entre los beneficios que trae a las empresas que lo aplican está el ahorro en tiempos, en oficinas de alguna manera, en traslados y horarios, los cuales se flexibilizan pero al mismo tiempo los tradicionales, se podrán cumplir más fácilmente porque la gente está en su casa y no se tiene que desplazar.

Para los trabajadores algunos de los varios beneficios que trajo el teletrabajo es una balanza positiva entre lo laboral y lo familiar, con tiempos más equilibrados en ambos aspectos.

Por Laura Gutiérrez Franco

La pandemia cambió las formas de vida laboral, por lo que en México se hace necesario que se legisle sobre el teletrabajo, para que -entre otras cosas- no se confunda con el trabajo a domicilio, consideró Nadia González Elizondo, Subdirectora del Comité Laboral de index Nacional y afiliada estratégica, Consejera de Galicia Abogados, S.C.

Recordó que de alguna manera el trabajo a domicilio se legisla en el 2012, pero el teletrabajo trae implícitas muchas cosas. Por ejemplo que se cuente en casa con las herramientas necesarias para desempeñarlo y en donde se pudieran dar riesgos de trabajo que tengan que ver con el tema ergonómico.

Es necesario que se defina si el teletrabajo llegó para quedarse o se dejará atrás luego de la pandemia. En el primer caso se requeriría una legislación adecuada, insistió al participar en el último día de trabajos de la Semana de Conferencias Virtuales en Materia Laboral que celebró index Nacional.

Estuvo en el panel titulado “La Nueva Normalidad: COVID como riesgo de trabajo, teletrabajo y mejores prácticas”, en donde también participaron Adrián Fernández Mondragón, Director Legal y de Cumplimiento para Latinoamérica de Commscope; Héctor Ruiz Yáñez, Director de Recursos Humanos de BRP; Alan Duclaud, Subdirector de Seguridad Social del Comité Laboral de index Nacional y afiliado estratégico, Socio fundador de Duclaud Law; y como moderador Santiago Villanueva Durán, Afiliado estratégico del Comité Laboral de index Nacional y Asociado Senior de la práctica de Derecho de la Seguridad Social de Basham, Ringe y Correa.

Consideró que se debe de tomar en cuenta que lo que se hace ahora derivado de la pandemia, no es un trabajo flexible, porque hay que cumplir con las reglas de la empresa y no se hace por decisión propia.

Por su parte Alan Duclaud insistió en que se debe definir el tema de la enfermedad por COVID-19 en relación a los riesgos de trabajo, porque sería devastador que se quiera definir al patrón como el responsable.

Dijo que a raíz de la pandemia el Gobierno Federal dio a las empresas normativas muy estrictas que cumplir de manera obligatoria, las cuales son muy costosas y tomando en cuenta que ningún país ha logrado parar la pandemia, es necesario que se defina este tema.